El TUE dicta que España no se puede denegar una autorización de residencia por arraigo social por la mera existencia de antecedentes policiales. En respuesta a una cuestión prejudicial presentada por dos juzgados de lo contencioso-administrativo de Barcelona, el TJUE ha entendido que la interpretación de la ley española se opone a la Directiva europea en la … Sigue leyendo TJUE: La existencia de antecedentes policiales no puede suponer automáticamente la denegación de residencia
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